A- de 2022
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre jurisdicciones propuesto por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, y el Juzgado Dieciocho Laboral del Circuito de Cali.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda que presentó Colpensiones en contra de una ciudadana, con el propósito de que se declarara la nulidad de la resolución propia, por medio de la cual le reconoció una pensión de sobrevivientes.
A título de restablecimiento se solicitó condenar a la demandada a reembolsar las sumas de dinero recibidas de la entidad.
Luego de Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión del Auto 316/21 mediante la cual se estableció que, el conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho a través del cual la administración cuestiona su propio acto administrativo, que creó o modificó una situación particular y concreta, por disposición expresa del legislador en los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, les corresponde exclusivamente a los jueces administrativos; incluso cuando el mismo regule un tema relacionado con asuntos laborales o de la seguridad social.
Con base en lo anterior, se ordenó el envío del expediente al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión a la demandante y a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de Jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, y el Juzgado Dieciocho Laboral del Circuito de Cali, en el sentido de DECLARAR que corresponde a la Jurisdicción de lo contencioso-administrativo conocer del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho adelantado por Colpensiones en contra de la señora Esperanza Cortés Granja, en la que solicita que se declare la nulidad de la Resolución GNR277629 del 10 de septiembre 2015.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1195 al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión a la demandante y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.